En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: CARMEN MARIA GAMBOA DE NIEVES y ESTEBAN NIEVES, venezolanos, mayores de edad, conyugues, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.037.685 y V-3.959.574 en su orden, domiciliados en esta población de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, por ellos contraído, por ante en, la Oficina de Registro Civil de Personal y Electoral de la Parroquia San Pedro de los Altos, del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 23 de julio de 2004, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimon.....