DISPOSITIVA
Con fundamento en las explanaciones precedentemente referidas, en resguardo de la garantía constitucional al debido proceso, y a fin de ordenar el trámite procesal en el presente asunto, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara que NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO sobre el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de junio de 2018, por el abogado en ejercicio Jesús Manuel Vásquez Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 164.212, asumiendo la representación sin poder, prevista en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la parte demandada, ciudadano José Antonio Torres, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medid.....