PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana Lucy del Carmen Berrios, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-18.290.239, debidamente representada por la abogada en ejercicio Rosa Isabel Guerrero, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº188.947 y el ciudadano Engelbert Ramón Omaña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.901.552
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Barinas, Acta Nº 38, Tomo I, Folio 039.....