En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Obispo, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos CARMEN PASTORA PEREZ DE YEPEZ y JUAN JOSE YEPEZ, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, en fecha 25-02-1980, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nro. 07.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Obispo, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, en Sabaneta de Barinas a los Veintinueve (29) días del mes de Noviembre del.....