En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, incoado por la ciudadana CARMEN MANUELA MERCADO MARCIALES, titular de la cédula de identidad V.-9.877.459, en contra del auto dictado en fecha 28 de diciembre de 2016 por la Inspectoría del Trabajo del estado Barinas, en el expediente administrativo número 004-2016-01-00513. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.