EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de las XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX X XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano RAUL ERASMO RICO BARRIOS, se obliga con la manutención a favor de sus hijas, por la cantidad de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,oo), semanal para un total de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,oo), mensual, se compromete con los gastos de uniformes y útiles escolares en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar, más la ropa y calzado en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, asimismo el 50% de los gastos en medicinas, medico, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
TERCERO: Ambas partes acordaron que dichas mensualidades deben ser depositadas por el ciudadano RAUL ERASMO RICO BARRIOS, en la Cuenta de Ahorros Nº 01020156090109808576 del Banco de Venezue.....