D I S P O S I T I V A
Por las razones precedentemente explanadas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia N° 295/2010, pronunciada en el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo N° 403/2010, sustanciado por el Juzgado de Primera Instancia Nº 007 de Burgos, España, y que fuere dictada en fecha 31 de mayo de 2010, mediante la cual se declaró la disolución del matrimonio contraído por los ciudadanos: José Gregorio Santander y Yasmín Edicta Mendoza, en fecha 17 de enero de 1991, por ante la Prefectura del Municipio Alberto Adriani del estado Mérida, y aprobó el convenio regulador suscrito por ambos ciudadanos.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el ar.....