declara competente para conocer de la presente causa al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los Andes. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, reténgase el presente expediente por un plazo de cinco (05) días de Despacho contados a partir del día siguiente al de hoy, a fin de que las partes tengan la oportunidad de solicitar la regulación de competencia.