Este Tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones contestes y apreciables de los testigos evacuados por ante este Juzgado, ciudadanos: YSIDRO FERNANDEZ y JAVIER ASDRUBAL MORIILO NAVARRETE, suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que la extinta no ha tenido otra descendencia, ni legítima, ni natural, en consecuencia considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, para declararlos como Titulo Asegurativo al derecho que les asiste COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a su cónyuge ciudadana: ERFILIA CASTRO FLORES, y a sus hijos ciudadanos: CESAR CARDENAS CASTRO, WALTER CARDENAS CASTRO, EDWIN CARDENAS CASTRO, MARTHA YAEL CARDENAS CASTRO y ELFILIA CARDENAS CAS.....