Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, Treinta de Marzo del Año Dos Mil Once (30-03-2011), han concluido las horas de Despacho para la presentación de los INFORMES y se observa que las partes hicieron uso de tal derecho, se deja constancia que a partir del día de Despacho siguiente al de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.