´PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana Egda del Carmen Calderón Montoya, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 15.968.984, debidamente representada por el Abogado Edgar Alexander Meza Riera, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº15.189.524, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nº 302.818, domiciliado Municipio Barinas, Estado Barinas y el ciudadano Dimas Quintero Olivar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.136.669.-
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