DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Mixto Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, habiéndose cumplido con los principios que rigen el proceso Penal acusatorio y dando cumplimiento a las Garantías y Derechos Constitucionales del Debido Proceso, este tribunal mixto por Unanimidad llega al convencimiento y la certeza producida por los medios probatorios presentados por el Ministerio Público, las cuales analizadas de conformidad con la Sana Critica, las reglas de la Lógica y los conocimientos Científicos y las Máximas de Experiencia, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano: PEDRO ALCIDES ROJAS MILENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula 14.550.887, fecha de nacimiento 17-04-1977, natural de Barinas, soltero, obrero, hijo de Pedro Rojas (v) y Maria Mileno, domiciliado en Los Próceres,.....