este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos se determina que el adolescente, antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de; ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA. OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 458, en relación con el artículo 83, artículos 277 y 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano; Duran Zabala Richard Alfonso, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620 literales "b" y "d", en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, obligándose a cumplir con las siguientes normas: 1.- Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal, la ciudadana; IDENTIDAD OMTIDA CONFORME A LA LEY, quien.....