D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado Carmen Lucia Rumbos, en su condición de defensor privado, en contra del auto dictado en fecha 18 de Febrero de 2010, por el Tribunal de Control N° 04, en la cual decreto sin lugar la solicitud de nulidad absoluta de la prueba anticipada de fecha 14 de Agosto del año 2009, y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelaciones Presidente. Ponente
Dr. Trino R. Mendoza I.
La Jueza Temporal de Apelaciones, La Jueza de Apelaciones,
Dra. Ana Maria Labriola .....