En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento № 1.833 de la solicitante ciudadana MAITHE ALVAREZ CALERO, asentada en los Libros de Registro Civil de Nacimientos de la Jefatura Civil de la Parroquia Barinas del Municipio Barinas, con fecha 18 de junio de 1982.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación del acta de nacimiento en cuestión, sólo en lo respecta al apellido de la madre de la solicitante como CALERO y la fecha de nacimiento de la solicitante como NUEVE DE AGOTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.