Este Tribunal HOMOLOGA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DICHO
DESISTIMIENTO, POR LO QUE DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE CAUSA
de conformidad con el artículo 263 y 264 del C.P.C. Ordenándose en consecuencia
el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.Devuélvanse
los originales cursantes a autos consignados por las partes previa su certificación
por secretaría corriendo dicho importe a cargo de la parte interesada, luego de lo
cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial -
de un año (01) calendario a partir de la fecha del presente auto, de lo cual tómese
nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles
de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abg. Dayana Vivas Guiza y de la Secretaria. En esta misma fecha se libró las
copias certificadas de ley. Conste: la Secretaria Sigue firma ilegible. QUIEN
SUSCRIBE La Secretaria del Circuito de Protección de .....