PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de reconocimiento de paternidad intentada por el ciudadano Manuel Vicente Velázquez contra el ciudadano Manuel Edilberto Monagas, antes identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara que el ciudadano Manuel Vicente Velázquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.988.512, es el padre del ciudadano Manuel Edilberto Monagas, cuya acta de nacimiento se encuentra asentada por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Mantecal del Municipio Muñoz del Estado Apure, bajo el N° 26 en fecha 14 de febrero de 1970.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 507 del Código Civil, y luego de que quede definitivamente firme la presente decisión, se ordena publicar un edicto que contenga un extracto de este fallo, en el diario local "La Prensa" de este Estado, en dimensiones que permitan su fácil lectura.
CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas del pre.....