Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN, al ciudadano EDUARDO ANTONIO VARGAS GALLARDO; venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 05/10/1993, de 21 años, titular de la cédula de identidad Nº V-24.322.987; por imputarle la presunta comisión de los delitos de FEMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el artículo 58 numeral tercero de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el segundo parte del artículo 80 del Código Penal Venezolano, así como el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del código Penal; en perjuicio de la ciudadana ESTEFANI MAIDELYN ZERPA POLANCO, a los fines de garantizar las resultas del proceso.....