DECISIÓN
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuesta, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE BAUDILIO CUELLAR FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.16.638.884, de este domicilio y civilmente hábil y se condena a la parte demandada HALCONES ROJOS SEGURIDAD Y PROTECCION BARRIOS F.P., inscrita ante el Registro Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 13 de julio de 2015, bajo el Nro.21, Tomo 19-B., a pagar la cantidad de: TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.33.475,73) mas lo determinado según la experticia complementaria del fallo.
No hay condenatori.....