En nombre de la República y por autoridad de la ley declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE HERENCIA interpuesta por la Ciudadana: NERIS DEL CARMEN LUGO DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.983.357, viuda, domiciliada en la Parroquia de Santa Inés del Municipio Barinas del Estado Barinas y civilmente hábil, procediendo en este acto en su carácter de legitima esposa y coheredera del causante quien en vida se llamara AMADEO MARCELINO BRICEÑO CASTELANO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.927.136, quien falleció ad intestato en fecha 22-02-2013, debidamente asistida por su apoderado judicial CANDIDO JOSE GUERRERO CORONA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 143.295 , contra los ciudadanos: JESÚS MANUEL BRICEÑO LUGO, AMADEO JOSE BRICEÑO LUGO, IRALYS JUSELIA BRICEÑO LUGO, BLANCA CAROLINA BRICEÑO LUGO, EILYN TAMICO BRICEÑO LUGO, JOSÉ DONATO BRICEÑO LUGO, ZUSANA JOSEFINA BRICEÑO .....