DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de control No.5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CALIFICA FLAGRANTE LA APREHENSIÓN DE LOS IMPUTADOS por estar llenos los requisitos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA a IVOR JOSÉ ALBORNOZ JIMÉNEZ, JOSÉ ANTONIO SOLÓRZANO AMAYA y MANUEL ENRIQUE CUENCA, venezolanos, mayores de edad (29, 40 y 45 años), nacidos el 6-12-75, 4-10-63 y 30-10-58 en Barinas, Estado Barinas, en La Guaira, estado Vargas y en San Fernando, Estado Apure, respectivamente, funcionario público de educación (Ivor Albornoz), latonero y chofer (Solórzano Amaya) y chofer (Cuenca), titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 13.280.838, 6.490.788 y 9.590.220, en su orden, hijos de Amado Albornoz y de Alcira Jiménez de Albornoz, ambos vivos; de.....