Este Tribunal, visto los acuerdos alcanzados en la presente TRANSACCIÓN JUDICIAL no son contrarios a DERECHO, ni vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público y se adaptan a los Criterios Jurisprudenciales que han sido establecidos y reiterados por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de MEDIACION como un mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, y dado que es voluntad expresada por los representantes legales de las partes involucradas, y se le impartirá la homologación correspondiente una vez que se haya cumplido los referentes pagos; se acuerda expedir la copia certificada solicitada y devolver la pruebas consignadas. Es todo, Terminó, se leyó y conforme firman. DIOS Y FEDERACIÓN
La Juez;
ABG: Zor Virginia Valero.
Los Comparecientes;
Abogado Apoderado Del Demandante.
Abg. .ALBERTO JOSE BOSCAN PEREZ
Abogado Apode.....