En virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Abstención o Carencia, incoado por el abogado DOMINGO ENRIQUE CAMERO LINAREZ, titular de la cédula de identidad V.-11.713.978 e inscrito en el IPSA con el número 179.602, actuando en su propio nombre y representación, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO BARINAS, representada por la ciudadana KENYA FABIOLA LAYA, por no otorgar oportuna y adecuada respuesta a la solicitud de Reenganche y Restitución de los Derechos Infringidos presentada por el referido ciudadano, contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL (CORPOELEC), en el expediente administrativo número 004-2016-01-00923. Dada la naturaleza del .....