´Por las consideraciones de hecho y de derecho realizadas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Improcedente la presente Demanda Por Daño Moral, intentada por los ciudadanos: Mario Antonio Tribiño y Moraima del Carmen Briceño Morillo, en contra de los ciudadanos María Alejandra Solís Terán, Pamela Alexandra Izquiel Moreno, Norbelis Del Carmen Solís, Isamar Sulbaran Camacho, Glorianny Del Carmen Bastidas Sarmiento, Zoralys Carolina Castillo Cacho.todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. TERCERO: Se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, conforme a lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: Cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.´