DECISIÓN
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Barinas, RATIFICA la ORDEN DE APREHENSIÓN judicial dictada telefónicamente en fecha 31 de Mayo de 2013, por vía de excepción por extrema necesidad y urgencia, conforme al último aparte del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, ello por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN y ALEVOSÍA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 406 numeral 1° en relación con los articulo 77 numerales 1° y 5°, en concordancia con el articulo 83 todos del Código Penal Venezolano Vigente y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el articulo 277 ejusdem; en perjuicio de la Ciudadana DIANA CARINA MOLINA DURAN (occisa). ASÍ SE DECIDE. Cúmplase. Pro.....