PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en fallo N° 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, dictado por la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por los ciudadanos: AURIANNY FABIOLA FARIÑA QUIJADA Y JOSE DANIEL CUBARRUBIA DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.888.873 y V-27.323.286. SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído ante el Registro Civil Municipal del Estado Barinas, Municipio Barinas, Parroquia Barinas, en fecha veintitrés (23) de abril del año dos mil diecinueve (2019), tal como se evidencia en la copia certificada del acta de matrimonio, inserta en el libro correspondiente al año dos mil diecinueve (2019), Tomo I, Folio 0205, Acta Nº 0205, marcada con letra "A", la cual se acompaña a la solicitud bajo examen. TERCERO: Remítase mediante Oficio con Copia Certificada del presente fallo con inclusión .....