En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana: RUTH BELLIS OCARIZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V- 12.201.194.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído por los ciudadanos: RUTH BELLIS OCARIZ CASTRO y BENARDINO DE JESÚS OCANTO, Venezolanos, Nros. V-12.201.194 V-12.353.548 respectivamente, con domicilio procesal en la urb. José Gregorio Hernández, Calle 5, Numero H-7, sector Bucaral, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar del estado Barinas, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Barinitas, del Municipio Bolívar del estado .....