En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se Decreta la Nulidad del Acto mediante el cual la ciudadana GEIZER ELIZABETH PAREDES GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.948.694, domiciliada en el sector el Paraparo, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, sin tener legitimación pasiva, ni ser abogada se dio por citada como representante legal de la Persona Jurídica SOCIEDAD MERCANTIL "PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA EL PÁRAMO, C.A.", debidamente registrada en fecha 11 de enero de 1993, inscrita bajo el Nro. 03, folios 15 al folio 21 y sus respectivos vueltos, Tomo II, del Libro de Registro de Comercio, actualmente llevado por .....