D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Ana Bezabeth Yépez Méndez, en su condición de Fiscal Auxiliar Décima Cuarta del Ministerio Público del Estado Barinas, en contra del auto de fecha 03 de julio de 2014 por el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se DECLARO PROCEDENTE la solicitud de devolución del vehículo efectuada por el ciudadano: ABG. PEDRO GARCIA, venezolano, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 183.317 en su condición de abogado asistente de la ciudadana: KATIUSKA MILDRED BRICEÑO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 16.443.549; de un vehículo cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL; MARCA: DODGE; MODELO: BRISA; COLOR: BLANCO;.....