PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana Rubmary Alexandra Ramírez García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 25.316.742, civilmente hábil, domiciliada en Barinas Estado Barinas,debidamente representada por la Abogada en Ejercicio Yenny Nathaly Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº11.191.905, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.838, con domicilio procesal en la calle Camejo, entre avenidas Olmedilla y Escobar, Nº 2-42, en la Ciudad de Barinas, Estado Barinas; y el ciudadano Alfredo Moisés González Gallardo venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de iden.....