Ante los razonamientos aquí expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispo, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesto por la ciudadana, LUZ MILDRE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-10.563.394, domiciliada en la Parroquia Barrancas, Municipio Cruz Paredes del estado Barinas, en contra del ciudadano, ANTONIO SALCEDO RONDON, titular de la cédula de identidad Nro.V.11.192.058 y en consecuencia, RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado promovido en el presente proceso.