En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano: JESÚS ANDRÉS CÁRDENAS MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-30.052.069, asentada por ante la Prefectura de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, bajo el Nº 679 de fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil tres (2003), encontrándose inserta en el Libro de Registros de Nacimiento del año 2003, que reposa en la Oficina de Registro Civil de la parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas y por duplicado en el Registro Principal del Estado Barinas, por cuanto existen errores que af.....