ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado GERARDO DE JESUS PERNIA UZCATEGUI, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.121.441 (NO LA PORTA), Obrero, natural de Puerto Cabello, nacido el día 30-05-1979, quien es hijo de Gerardo Penía Molina (v) y Florencia Pernía Uzcátegui (v), residenciado en Santa Bárbara de Barinas, Barrio José Antonio Parra, Carrera 4, calle 32, Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de Hurto de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 1, con las agravantes del articulo 2 numeral 4 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de Ángelo Jesús Páez Pedron.
Se emplaza a la partes para que un lapso común de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente.
Se ordena a la Secretaria remitir la presente c.....