Declara con lugar la solicitud interpuesta y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano MANUEL GALLARDO QUINTERO, cedula dice ser venezolano, dice ser titular de la cédula de identidad Nº V-15.329.478, de 40 años de edad, nacido en Pedraza Barinas Estado Barinas hijo de Teodora Quintero (V) y de padre Manuel Gallardo de ocupación u oficio agricultor, residenciado: En Terraza de Santo Domingo casa de su hermana Rosa, teléfono 0426-7734142. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, publíquese y Remítase al archivo Judicial una vez que quede Definitivamente Firme la presente Decisión y conste en auto las boletas de notificación Devueltas.
LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIA, Y MEDIDAS Nº 01
Abg. Carol Jizze Cabeza Pérez
LA SECRETARIA
Abg. Ana Yajaira Duran Mora