Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: SIN LUGAR, la defensa de fondo referida a la falta de cualidad activa, alegada por los abogados VIANDRO JOSÉ PARRA PÉREZ, ANHEICAR ANDREA GONZÁLEZ CAMACHO, inscritos por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 125.340 y 172.519, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas CARMEN AIDEE DUQUE y TANIA YANETH VIVAS DUQUE, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.619.039 y V-12.607.966.
2. SEGUNDO: SIN LUGAR la presente demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL incoada por incoada por los abogados ANGEL MARIA FERNANDEZ RUMBOS y ALFREDO MAGNO CARPIO CARVAJAL, titulares de la cédula de identidad Nros V- 3.053.838, V- 4.937.695,.....