este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos del de-cujus JESUS SUPERLANO ANGARITA, quien fuera venezolano, soltero, de profesión topógrafo, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 1.986.516, fallecido ab-intestato en fecha 20 de julio del 2021, en el "Hospital Nuestra Señora del Carmen", Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar Estado Barinas, signada con el N° 46, de fecha 21/07/2021 y de este domicilio, a los ciudadanos: JESUS ABRAHAM SUPERLANO PAREDES, CARMEN ZENAIDA SUPERLANO PAREDES y JOSE GREGORIO SUPERLANO PAREDES, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 15.967.669, V.-.....