Es por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD AL ACUSADO ALVARO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.242.178, casado, natural de: Arauca Colombia, nacido el día 11 de Septiembre de 1943, de ocupación u oficio: comerciante, hijo de: Mateo Arias (f) y Alfonsina Cisneros (F), residenciado en: Carretera Nacional vía San Cristóbal Restaurante la Romana, entrada a la Caramuca, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, la detención domiciliaria en su propio domicilio, con vigilancia es decir con apostamiento policial, en la siguiente dirección finca El Bucaral, Sector El Corozo del Estado Barinas, solo pudiendo salir de su d.....