Primero: Que el Penado: JOSÉ GÓMEZ MÁRQUEZ, fue sentenciado el: 29 de Junio de 1999, por el extinto Tribunal Accidental Tercero de Primera Instancia Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a cumplir la pena de: DOCE (12) AÑOS, SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DÍAS DE PRESIDIO y las penas accesorias, por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTE ILÍCITO DE ARMA Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previstos y sancionados en los Artículos 460, en concordancia con el 80, 278 y 415, todos del Código Penal, siendo practicada su Detención Preventiva en día: 27-01-1998 y salió en libertad el: 28-09-1998, por el beneficio de Libertad Bajo Fianza. Posteriormente es detenido el: 15-11-1998 al 17-01-2000 y luego es capturado el: 20-03-2000, hasta la fecha: 31-03-2005 (fecha en que se le otorgó la Libertad Condicional, por el Tribunal de Ejecución N° 02), había cumplido: NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES Y DIECISISETE (17) DÍAS de la pena im.....