DECISION
Por razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 13 de enero del 2.012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 13 de enero del 2.012.
TERCERO: Remítase el presente expediente al Tribunal de origen a los fines que continúe el curso legal correspondiente.
CUARTO: No hay condenatoria.....