Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la parte demandante, en contra de la sentencia de fecha 07 de Enero de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: Consecuencia de lo decidido por este Tribunal, SE CONFIRMA, y se ordena la Sociedad Mercantil BGP International of Venezuela, S.A cancelar a la ciudadana Mariana Lorena Quintero la suma de Bs.9.834,12, mas la cantidad que resulte de experticia complementaria del fallo en la cual se calculara la corrección monetaria, intereses moratorios e intereses sobre prestaciones sociales..
TERCERO: NO hay condenatoria en costas.
CUARTO: Remítase el presente.....