En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Competente para conocer de la presente recusación propuesta contra la Abogado DORA MOLERO PARRA, como Juez del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la inhibición propuesta contra DORA MOLERO PARRA actuando como Juez del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Remítase las presentes actuaciones al Juzgado Primero del Municipio Barinas del Estado Barinas, para que continué sustanciando la causa N° 2004-5048.
Publíquese, cúmplase con lo ordenado y remítanse estas actuaciones al Juez recusado para ser agregado al expediente.
Dado, .....