IV
D E C I S I O N
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento realizado por la ciudadana NELLYS MARILIS PAREDES ROJAS, en su carácter de parte actora, en contra de la Firma Personal MENESES PALOS Y TELAS CREACIONES, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 15 de mayo del año 2006, bajo el número 129, Tomo 2-B.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa Juzgada al presente juicio.
TERCERO: Se declara Terminado el presente procedimiento.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta sentencia por se.....