En el día hábil de hoy, 01 de Agosto de 2006, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja constancia de la comparecencia de una de las partes, es decir de la parte demandada, empresa PDVSA, PETROLEO S.A. representada por su Apoderado Judicial abogado CARLOS ALBERTO BONILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos V.- 7.603.985, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.616, según se evidencia de documento Poder que corre inserto a los folios 53 al 58 ambos inclusive. En este estado el Apoderado Judicial de la parte demandada solicita que se le expida copia certificada de la presente acta. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora, ciudadana INGRID COROMOTO HANSEN RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.021.141; no compareció a la realización de la Prolo.....