En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Niega la solicitud de Tercería interpuesta por la YENKELY MILIMAR PICO, Apoderada Judicial de la Empresa demandada: "INVERSIONES VARYNA COUNTRY CLUB C.A".
Se mantiene el llamado a Audiencia Preliminar para el día y la hora en que corresponda. ASI SE DECIDE.