En el día hábil de hoy, 27 de Febrero de 2012, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano YOSMAN ALBERTO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.341.438; no compareció a la realización de la audiencia ni por si mismo ni por medio de Apoderado Judicial; dejándose constancia de la comparecencia de la parte demandada LICORERIA EL SITIO, comparece el Abogado JESUS ALBERTO ARCHILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.729.209, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.287, actuando en su condición de Apoderado Judicial tal y como se evidencia de Poder Apud-Acta que corre inserto al folio 49; razón por la cual este Juzgado procede a aplicar la consecuencia jurídica establecida en el .....