INADMISIBLE la demanda de nulidad de acto administrativo de efectos particulares interpuesta por la ciudadana MARIA ELENA REINA VERDE, titular de la cédula de identidad Nº V-8.142.087, en contra del auto dictado de fecha 04 de diciembre de 2021, por la Inspectoría del Trabajo del estado Barinas en el expediente administrativo N° 004-2020-01-00183, contentivo de procedimiento de Denuncia de Infracción y Restitución de Derechos Infringidos llevado en esa instancia administrativa por la mencionada ciudadana, contra de la sociedad mercantil GRUPO CORPORATIVO NUESTRA SEÑORA DEL PILAR, C.A.; por no cumplir con el requisito indispensable establecido en el numeral 4 del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa