D E C I S I ÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole carácter de cosa juzgada.
Se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente.
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil diez. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo El Secretario,
Abg. Wilmer Morillo
En la misma fecha se publicó la presente decisión en horas de despacho y se ordenó e.....