DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por los Ciudadanos JESUS ANTONIO QUINTERO TORO; ARGENIS ROSARIO ESPINOZA; PEDRO DAVID LINARES RIVAS, HENDER HABIEL BECERRA ACOSTA Y JUAN DAVID ESCOBAR HERRERA, antes identificados contra la ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE PASAJEROS "LINEA UNION EL MARQUEZ"; todos suficientemente identificados en el encabezamiento de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil dieciséis. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.