DISPOSITIVA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: CARLA CRISTINA RIVERO, titular de la cédula de identidad Número V.-16.634.103, en contra de la sociedad mercantil COMPLEJO AGROINDUSTRIAL AZUCARERO EZEQUIEL ZAMORA, S.A. (CAAEZ, S.A.)
SEGUNDO: Se condena a la demandada, antes identificada, a pagar al accionante la cantidad de CIENTO VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS SEIS BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 123.706,63).
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandada por no estar totalmente vencida, por interpretación en contrario del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: Notifíquese la presente sentencia al Procurador General de la República de conformidad con lo contemplado en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y transcurrido como sea el lapso de treinta (30) días continuos previstos en dicha norma, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 198 de la Ley Orgánica Pro.....