DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Inadmisible el recurso de anulación interpuesto por la sociedad mercantil Venezolana de Inversiones y Construcciones Clerico, C.A. (Vinccler, C.A) contra la providencia administrativa Nº 0149-2012, dictada por el Inspector del Trabajo del estado Barinas el 14 de marzo de 2012.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil once. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo
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